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Pérdida de Capacidad Laboral (PCL) en Colombia

El porcentaje de PCL es la base para acceder a la pensión de invalidez. Aquí te explicamos cómo se determina, quién la califica y qué puedes hacer si no estás de acuerdo.

¿Qué es la pérdida de capacidad laboral?

La pérdida de capacidad laboral (PCL) es el porcentaje en que una persona ha reducido su habilidad para desempeñar actividades laborales, como consecuencia de una enfermedad, accidente o condición congénita. Se expresa como un porcentaje del 0% al 100%.

Este porcentaje es determinado por entidades especializadas y sigue los criterios establecidos en el Manual Único para la Calificación de la Pérdida de Capacidad Laboral (Decreto 1352 de 2013).

Umbral clave: Se considera inválida la persona con una PCL igual o superior al 50%. Por debajo de este porcentaje no se accede a la pensión de invalidez, aunque sí puede haber otras prestaciones (incapacidades, auxilio).

Componentes del dictamen de PCL

La calificación evalúa tres aspectos:

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Deficiencia

Pérdida o anormalidad en la estructura o función del cuerpo (anatómica, fisiológica o psíquica). Puede aportar hasta el 50% del porcentaje total.

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Discapacidad

Restricción o ausencia de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal. Aporta hasta el 25%.

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Minusvalía

Desventaja social que experimenta la persona a consecuencia de la deficiencia o discapacidad. Aporta hasta el 25% restante.

¿Quién califica la pérdida de capacidad laboral?

El proceso tiene varias instancias. Conoce cada una y qué pasa si no estás de acuerdo.

Primera instancia: EPS o ARL

La EPS (si es origen común) o la ARL (si es laboral) realiza la primera calificación. Tienen 30 días hábiles para emitir el dictamen desde que el médico tratante determina que el estado de salud es de recuperación no previsible a corto plazo.

Segunda instancia: Junta Regional de Calificación

Si no estás de acuerdo con el dictamen de la EPS o ARL, puedes apelar ante la Junta Regional de Calificación de Invalidez del departamento. Tienes 10 días hábiles para interponer el recurso.

Tercera instancia: Junta Nacional de Calificación

Si el dictamen de la Junta Regional tampoco te favorece, puedes acudir a la Junta Nacional de Calificación de Invalidez, que es la instancia máxima en vía gubernativa.

Instancia judicial: Acción de tutela o demanda ordinaria

Si agotadas las vías gubernativas la calificación sigue siendo injusta, un abogado puede presentar una acción de tutela o una demanda ante la jurisdicción laboral.

La fecha de estructuración: por qué es tan importante

La fecha de estructuración es el momento en que se considera que la persona alcanzó el porcentaje de PCL que da lugar a la invalidez. Esta fecha define el período en el que se cuentan las semanas cotizadas.

Problemas frecuentes con la fecha de estructuración

  • Las entidades suelen fijar la fecha de estructuración en el diagnóstico inicial de la enfermedad, aunque la persona haya seguido cotizando después.
  • Para enfermedades crónicas o degenerativas (VIH, lupus, esclerosis, artritis reumatoide), la Corte Constitucional ha ordenado usar la fecha real en que el trabajador dejó de poder trabajar.
  • Un error en esta fecha puede hacer que el sistema cuente menos semanas de las reales y niegue la pensión injustamente.
Caso común: Una persona con VIH cotizó 80 semanas después del diagnóstico. Si la fecha de estructuración se fija en el diagnóstico, esas 80 semanas quedan por fuera del conteo. Un abogado puede impugnar esto.

¿Tu calificación fue inferior al 50% o crees que es incorrecta?

Podemos revisar el dictamen y acompañarte en el proceso de impugnación ante la Junta de Calificación.

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